Descripción
Permite a personas naturales y jurídicas traspasar un arma de fuego, inscrita a nombre de una persona que falleció, al familiar que la herede u otra persona.
El trámite se puede realizar durante todo el año en las oficinas de la autoridad fiscalizadora de Carabineros de Chile.
¿A quién va dirigido?
Personas naturales o jurídicas que:
- Cumplan con los requisitos estipulados en el artículo N° 76 del reglamento complementario de la Ley 17.798 Sobre Control de Armas..
- Además deberá presentar Certificado de defunción.
- Documento que acredite el fallecimiento y parentesco.
- Cónyuge: certificado de matrimonio.
- Hijo o hija: certificado de nacimiento
- Reúna los antecedentes requeridos.
- Diríjase a una oficina de la autoridad fiscalizadora de Carabineros de Chile.
- Explique el motivo de su visita: transferir un arma de fuego por defunción.
- Entregue los antecedentes requeridos.
- Como resultado del trámite habrá solicitado la transferencia del arma, cuya respuesta obtendrá inmediatamente.
¿Cuál es el costo del trámite?
Revise la tasa de derechos.