Descripción

Permite a personas naturales que se encuentren inscritas en el registro nacional de exportadores, importadores y consumidores habituales de material de uso bélico, a cargo de la Dirección General de Movilización Nacional (DGMN), exportar temporalmente material de uso bélico sometido a control.

Este procedimiento se debe realizar cada vez que la persona solicite exportar material de uso bélico, ya que la resolución es válida solo para el material solicitado.

El trámite se puede realizar durante todo el año en las oficinas de la autoridad fiscalizadora de Carabineros de Chile.

¿A quién va dirigido?

¿Qué necesito para hacer el trámite?

  • Solicitud de exportación. 
  • Certificado de destino final legalizado por el consulado de Chile en el país de destino y refrendado por el Ministerio de Relaciones Exteriores (MINREL) de Chile. El documento debe ser original.
  • Listado detallado de los elementos a exportar.
  • Contrato de adquisición suscrito con la institución y legalizado ante notario si se trata de empresas que exportan armas, producto de enajenaciones realizadas por las Fuerzas Armadas y de Orden.

¿Cuál es el costo del trámite?

Revise la tasa de derechos.

¿Cómo y donde hago el trámite?

  1. Reúna los antecedentes requeridos.
  2. Diríjase a una oficina de la autoridad fiscalizadora de Carabineros de Chile.
  3. Explique el motivo de su visita: solicitar autorización para exportar material de uso bélico.
  4. Entregue los antecedentes requeridos.
  5. Como resultado del trámite, habrá solicitado el permiso. Obtendrá una respuesta en un plazo máximo de 35 días corridos, siempre y cuando no se necesiten más antecedentes.
TRÁMITES