“Toda persona tiene derecho a solicitar y recibir información de cualquier órgano de la Administración del Estado, en la forma y condiciones que establece esta ley.
El acceso a la información comprende el derecho de acceder a las informaciones contenidas en actos, resoluciones, actas, expedientes, contratos y acuerdos, así como a toda información elaborada con presupuesto público, cualquiera sea el formato o soporte en que se contenga, salvo las excepciones legales.”
Art. 10 – Ley Nº 20-285
Vía Digital
Puede solicitar información electrónicamente a través del Portal de Transparencia.
Formulario de Consultas, Sugerencias y Reclamos
Debe descargar el formulario, completar los datos y ser enviado vías digital (Foto o Scaneado) al mail: oirs@dgmn.cl
¿Qué se entiende por información pública, en virtud al principio de la transparencia?
Son públicos los actos y resoluciones de los órganos de la administración del Estado, sus fundamentos, los documentos que le sirvan de sustento complemento directo y esencial, y los procedimientos que se utilicen para su dictación, salvo las excepciones que establece la ley.
Del mismo modo, es pública la información elaborada con presupuesto público, a memos que esté sujeta a las excepciones señaladas en la Ley.
Ley Nº 20.285, “Sobre acceso a la información pública”
La Ley Nº 20.285, consagra el derecho de toda persona a solicitar y recibir información de cualquier órgano de la Administración del Estado y señala que para estos efectos, las solicitudes serán formuladas por escrito o por sitio electrónico.
Para tal efecto, se deberá identificar claramente la información solicitada y el órgano al que se dirige la solicitud, acompañada de la identificación del solicitante (nombre, apellido, dirección) o del apoderado, y su firma.
La entrega de la información se hará en la forma y medio especificado por el solicitante, siempre que no importe un costo excesivo o un gasto no previsto en el presupuesto institucional, casos en que la entrega se hará en la forma y a través de los medios disponibles.
Finalmente, se dictan los plazos para dar respuesta a las solicitudes y se establecen sanciones en los casos en que se deniegue el acceso a la información de manera infundada o cuando no se dé respuesta en forma oportuna.
La Ley descrita, la puede obtener en el sitio Web de la Dirección General www.dgmn.cl, “Gobierno Transparente” – Marco Legal.

Mecanismos para la obtención de la información pública.
La Dirección General de Movilización Nacional, permite los siguientes mecanismos para obtener o solicitar información pública:
- En el sitio Web de la organización www.dgmn.cl : ingresando al banner de “Gobierno Transparente”, se obtiene la información de Transparencia Activa.
- Recurriendo a la “Oficina de Informaciones, Reclamos y Sugerencias” (OIRS) de la organización, para las solicitudes de información en forma personal, por correspondencia o en forma telefónica, se obtiene la información de Transparencia pasiva.
- Formulando una solicitud de información electrónica, ingresando al sitio Web de la organización en www.dgmn.cl, banner “Solicitud de información, Ley de Transparencia”, efectuando los trámites de registro personal y siguiendo con las instrucciones que se indican en el formulario a la vista.
¿Qué es Transparencia Activa?
Es la información pública de cada órgano de la Administración del Estado, que se difunde a través de sus respectivos sitios electrónicos, a disposición permanente del usuario y que comprende los siguientes antecedentes actualizados:
- Su estructura orgánica.
- Funciones y atribuciones de cada una de sus unidades u órganos internos.
- El marco normativo que le sea aplicable.
- La planta del personal, personal a contrata y a honorarios, con las correspondientes remuneraciones.
- Las contrataciones para: el suministro de bienes muebles; prestación de servicios; ejecución de acciones de apoyo y de obras; contrataciones de estudios y consultorías; transferencias de fondos públicos, incluyendo aportes económicos; procedimientos concursales.
- Los actos y resoluciones que tengan efectos sobre terceros.
- Trámites y requisitos para el acceso a los servicios del organismo.
- Programas de subsidios que entregue la organización, con los beneficiados.
- Los mecanismos de participación ciudadana.
- Información sobre el presupuesto asignado y su ejecución.
- Resultados de las auditorias al ejercicio presupuestario.