Si el dueño de un arma fallece, sus herederos directos deberán dar cuenta del fallecimiento a la Autoridad Fiscalizadora de la Ley de Control de Armas correspondiente a su domicilio, con la finalidad de actualizar y regularizar la situación del arma.

Ten presente que la transferencia del arma tiene un pago de impuesto.

  • En el caso a un heredero directo, su valor es de $10.-
  • y a un tercero (no familiar director) $41.600.-

(REVISAR TASAS DE DERECHOS ACTUALIZADAS)

 

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