Ciudadanos Infractores y Remisos al Servicio Militar

a)  ¿Qué ocurre si no me presento al Servicio Militar cuando me convoquen por listas de llamados o cuando tenga que acuartelarme?

Respuesta:

Extracto D.L. 2.306:

Artículo 72. - Los que no concurrieren a las citaciones que las autoridades de reclutamiento les hicieren para los efectos de su selección, serán infractores y sufrirán la pena de inhabilitación absoluta temporal para el ejercicio de cargos y oficios públicos en su grado mínimo.

Artículo 73. - Los que fueren seleccionados y no se presentaren a reconocer cuartel para cumplir con el servicio militar, se considerarán remisos y sufrirán la pena de inhabilitación absoluta temporal para el ejercicio de cargos y oficios públicos en su grado medio.

Las personas de la categoría de disponibles que fueren convocadas y no se presentaren a reconocer cuartel para cumplir con el servicio militar, serán consideradas remisas y sufrirán la pena a que se refiere el inciso anterior.
Las personas de la categoría de disponibles destinadas a la Defensa Civil de Chile que no se presentaren, serán sancionadas con multas de cuatro a ocho unidades tributarias mensuales.

 Artículo 73º A.- El cumplimiento de las penas que se establecen en los artículos 72 y 73 no exime o excluye del cumplimiento del servicio militar obligatorio, el que para estos efectos sólo podrá efectuarse en la modalidad de conscripción ordinaria.

Sin perjuicio de lo anterior, los infractores y los remisos a que se refiere él artículo 72 y los incisos primero y segundo del artículo 73, respectivamente, podrán solicitar la conmutación de la pena por la realización del servicio militar obligatorio en la modalidad de conscripción ordinaria por un período de dos años.

Artículo 73 B.- El que, con el propósito de ser eximido o excluido del servicio militar obligatorio, hiciere uso de documento o certificado falso, será sancionado en conformidad con lo dispuesto en los párrafos 4, 5 y 6 del Título IV del Libro II del Código Penal.

El que emitiere el mencionado documento o certificado falso será sancionado de acuerdo con las normas penales señaladas, y si fuere militar, en conformidad con lo dispuesto en el Título X del Libro III del Código de Justicia Militar

b)   ¿Qué significa que quede Excluido?

Respuesta:
Los ciudadanos voluntarios al Servicio Militar que luego de su presentación ante la Comisión de Selección del Contingente quedando calificados como “Excluidos”, son quienes se les detectó alguna anomalía de carácter Médico o Dental.

c)  ¿Qué significa que quede Disponible?

Respuesta:
Disponible es aquella persona de la Base de Conscripción que no resultó sorteada para cumplir el servicio militar obligatorio, o que, habiendo sido sorteada y llamada a reconocer cuartel, declarada apta y no acuartelada,  pasó a integrar la base de Conscripción del año siguiente, quedando en situación de participar por segunda y última vez en el sorteo general de Octubre, el año próximo.

d)  Quede fuera del Servicio Militar por exceso de voluntarios, y me destinaron a la Defensa Civil, ¿qué significa esto?

Respuesta:
Ud., quedará nominado para incrementar las filas de la Defensa Civil durante el mismo tiempo que el ciudadano cumple el servicio militar, esto es 12 meses. Participará de instrucción de adoctrinamiento premilitar y participara de los cursos perfeccionamiento de esta entidad, que realiza en cada Comuna a lo largo de nuestro País. La instrucción se dictará solo los fines de semana y/o cuando lo determine la Comandancia Local de la Defensa Civil que le corresponda. 

Me inscribí voluntario para hacer el Servicio Militar, y  por exceso de jóvenes me dejaron fuera y me destinaron a la Defensa Civil, pero yo quiero hacer el servicio militar, ¿Qué puedo hacer?

Respuesta:
Debe manifestar su inquietud mientras se realice la selección del contingente
por acuartelar ante el Jefe de la Comisión de Selección del Contingente.

 e)  Quede en el Servicio Militar en Santiago, pero quiero hacerlo fuera de Santiago ¿Qué puedo hacer?

Respuesta:
 Debe informar su inquietud mientras se presenta en la Comisión de Selección del Contingente donde fue convocado.

f)  Mi familia, ¿ dónde puede obtener información sobre mí, mientras cumplo el Servicio Militar?

Respuesta:
Su familia debe contactarse con la Oficina de Información del Soldado Conscripto, que posee cada unidad militar a nivel nacional.

g)  ¿Cuándo son las primeras visitas?

Respuestas:
Las primeras visitas son determinadas por cada Unidad Militar, para ello, debe contactarse con la Oficina de Información del Soldado Conscripto, que posee cada unidad militar a nivel nacional.

Si me voy a hacer el Servicio Militar a las Regiones extremas de Chile, ¿cómo mi familia puede hacer para visitarme?

Respuesta:
Si cumple su Servicio Militar en zonas extremas tendrá la posibilidad de optar a pasaje aéreo y terrestre gratuitos para que visite a su familia.

 

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