
|
Ciudadanos Infractores y Remisos al Servicio Militara) ¿Qué ocurre si no me presento al Servicio Militar cuando me convoquen por listas de llamados o cuando tenga que acuartelarme?Respuesta:Extracto D.L. 2.306:Artículo 72. - Los que no concurrieren a las citaciones que las autoridades de reclutamiento les hicieren para los efectos de su selección, serán infractores y sufrirán la pena de inhabilitación absoluta temporal para el ejercicio de cargos y oficios públicos en su grado mínimo. Artículo 73. - Los que fueren seleccionados y no se presentaren a reconocer cuartel para cumplir con el servicio militar, se considerarán remisos y sufrirán la pena de inhabilitación absoluta temporal para el ejercicio de cargos y oficios públicos en su grado medio. Las personas de la categoría de disponibles que fueren convocadas y no se presentaren a reconocer cuartel para cumplir con el servicio militar, serán consideradas remisas y sufrirán la pena a que se refiere el inciso anterior. Artículo 73º A.- El cumplimiento de las penas que se establecen en los artículos 72 y 73 no exime o excluye del cumplimiento del servicio militar obligatorio, el que para estos efectos sólo podrá efectuarse en la modalidad de conscripción ordinaria. Sin perjuicio de lo anterior, los infractores y los remisos a que se refiere él artículo 72 y los incisos primero y segundo del artículo 73, respectivamente, podrán solicitar la conmutación de la pena por la realización del servicio militar obligatorio en la modalidad de conscripción ordinaria por un período de dos años. Artículo 73 B.- El que, con el propósito de ser eximido o excluido del servicio militar obligatorio, hiciere uso de documento o certificado falso, será sancionado en conformidad con lo dispuesto en los párrafos 4, 5 y 6 del Título IV del Libro II del Código Penal. El que emitiere el mencionado documento o certificado falso será sancionado de acuerdo con las normas penales señaladas, y si fuere militar, en conformidad con lo dispuesto en el Título X del Libro III del Código de Justicia Militar b) ¿Qué significa que quede Excluido?Respuesta: c) ¿Qué significa que quede Disponible?Respuesta: d) Quede fuera del Servicio Militar por exceso de voluntarios, y me destinaron a la Defensa Civil, ¿qué significa esto?Respuesta: Me inscribí voluntario para hacer el Servicio Militar, y por exceso de jóvenes me dejaron fuera y me destinaron a la Defensa Civil, pero yo quiero hacer el servicio militar, ¿Qué puedo hacer? Respuesta: e) Quede en el Servicio Militar en Santiago, pero quiero hacerlo fuera de Santiago ¿Qué puedo hacer?Respuesta: f) Mi familia, ¿ dónde puede obtener información sobre mí, mientras cumplo el Servicio Militar?Respuesta: g) ¿Cuándo son las primeras visitas?Respuestas: Si me voy a hacer el Servicio Militar a las Regiones extremas de Chile, ¿cómo mi familia puede hacer para visitarme? Respuesta: |
Home DGMN | Contacto | Mapa del Sitio | Politicas de Privacidad
Armas Químicas y Biológicas | Armas y Explosivos | Artes Marciales | Movilización y Reservas | Servicio Militar
Oficina Informaciones, Reclamos y Sugerencias (OIRS) fonos: (02) 4413878 , fax (02) 4413859.
Dirección General de Movilización Nacional - Vergara 262, Santiago, Chile.