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Químicas y Biológicas > Para Importar Sustancias y/o Productos Químicos
Deberes de la Autoridad Nacional
- Fiscalizar el cumplimiento de las obligaciones que imponen al Estado de Chile las referidas a la Convención de Armas Químicas (CAQ) y la Convención de Armas Biológicas (CAB).
- Recopilar y transmitir datos a la Secretaría Técnica de la OPAQ y a la Oficina de Desarme de las Naciones Unidas.
- Centralizar la información que se obtenga en el cumplimiento de las obligaciones emanadas de las convenciones.
- Efectuar las declaraciones correspondientes a las sustancias químicas e instalaciones que la CAQ exige sean declaradas.
- Remitir a las Naciones Unidas la declaración del “Anexo de la Declaración Final sobre Medidas de Fomento de la Confianza”.
- Facilitar y cooperar en las inspecciones internacionales.
- Citar a las sesiones normales o extraordinarias del Consejo Asesor.
La Autoridad Nacional de Chile cuenta con un Consejo Asesor, órgano colegiado creado mediante Decreto Supremo Nº 364 de 13.MAR.997 (CAQ) y Decreto Supremo Nº 176 de 20.AGO.2007 (CAB). Este Consejo está integrado por representantes de los siguientes ministerios:
Las funciones principales del Consejo son:
- Asesorar a la Autoridad Nacional
- Representar el interés de cada ministerio
- Facilitar las comunicaciones e información
- Visualizar escenarios de riesgos
- Optimizar la coordinación interinstitucional
- Proponer recomendaciones o sugerencia a la Autoridad Nacional
- Proponer medidas para el mayor cumplimiento de los acuerdos internacionales
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