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Guía de Trámites
Permiso para instructores de artes marciales
¿En qué consiste este trámite?
En obtener el permiso que la Ley Nº 18.356 sobre Control de las Artes Marciales dispone, para desempeñarse como instructor de artes marciales.
El permiso ley vence el 31 de marzo de cada año y es válido para todo el territorio nacional.
¿Dónde se realiza el trámite?
El trámite se realiza en la Comandancia de Guarnición de Ejército, correspondiente al domicilio del instructor.
¿A quién está dirigido?
A todas las personas naturales, chilenas o extranjeras, de cualquier sexo mayores de edad y que deseen impartir clases de artes marciales.
¿Qué requisitos exige la ley?
Fotocopia cédula de identidad.
Certificado de residencia respecto de los extranjeros.
Certificado de antecedentes para fines especiales.
Certificado que acredite haber aprobado a lo menos 4º Año de Enseñanza Media o estudios equivalentes.
Certificado con vigencia de tres años, otorgado por psicólogo o psiquiatra, en que luego de rendir un test psicológico, se le acredite como habilitado para desempeñar la actividad.
Titulo fidedigno y competente que le acredite estar en posesión del grado de cinturón negro, con el dan correspondiente según su calificación como Instructor.
Reconocimiento de un representante de disciplina o estilo. Excepcionalmente, y para aquellas personas no menores de 30 años de edad, con quince o más de práctica efectiva en las artes marciales, con grado a lo menos de Cinturón Negro 4° Dan o equivalente, e infraestructura adecuada a juicio del Director General, éste podrá otorgar a través de las Comisiones Técnicas, a efecto que el instructor opere sin necesidad de dependencia de representante de disciplina o estilo.
Certificado que acredite tener aprobado un curso de primeros auxilios en alguna institución reconocida por el Estado.
Currículum de actividades relacionadas con las artes marciales.
Valor del permiso ley
El valor de los trámites para los distintos permisos ley, se encuentra detallado en la página WEB www.dgmn.cl/artes/tasas_derecho.php (Valor que se reajusta anualmente en el mes de enero).