Guía de Trámites

Permiso para comercializar implementos de artes marciales

¿En qué consiste este trámite?

En obtener el permiso que la Ley Nº 18.356 sobre Control de las Artes Marciales dispone, para desempeñarse como comerciante de implementos de artes marciales.

  • El permiso ley vence el 31 de marzo de cada año.

¿Dónde se realiza el trámite?

  • El trámite se realiza en la Comandancia de Guarnición de Ejército, correspondiente al local comercial.

¿A quién está dirigido?

  • A todas las personas naturales o jurídicas, chilenas o extranjeras, que deseen comercializar implementos de artes marciales, tales como: Katanas, Nunchakus, Manoplas, Bastones retráctiles, Puñales, Dagas, Espadas, Lanzas, Shurikenes, Sai, entre otros.

¿Qué requisitos exige la ley?

  • Fotocopia cédula de identidad.
  • Certificado de residencia respecto de los extranjeros.
  • Certificado de antecedentes para fines especiales.
  • Individualización de los implementos, procedencia, características técnicas, programa mensual estimativo de comercialización, lugares de depósito o almacenamiento y locales de venta

Valor del permiso ley

El valor de los trámites para los distintos permisos ley, se encuentra detallado en la página WEB www.dgmn.cl/artes/tasas_derecho.php (Valor que se reajusta anualmente en el mes de enero).   

 

 

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