Guía de Trámites

Permiso para alumnos de artes marciales

¿En qué consiste este trámite?

  • En obtener el permiso que la Ley Nº 18.356 sobre Control de las Artes Marciales dispone, para recibir enseñanza de artes marciales en una academia autorizada y dirigida por un instructor acreditado.
  • El permiso ley tiene vigencia de 1 año calendario y es válido para practicar sólo en la academia en la cual se encuentra inscrito el alumno.

¿Dónde se realiza el trámite?

  • El trámite se realiza en la Comandancia de Guarnición de Ejército, correspondiente al domicilio donde se encuentra inscrita la academia de artes marciales.

¿A quién está dirigido?

  • A todas las personas naturales, chilenas o extranjeras, de cualquier sexo y edad que deseen recibir enseñanza de disciplinas y/o estilos comprendidos en el concepto de arte marcial.

¿Qué requisitos exige la ley?

  • Fotocopia cédula de identidad.
  • Certificado de residencia respecto de los extranjeros.
  • Certificado de antecedentes para fines especiales y
  • En el caso de menores de 16 años, además de los anteriores, autorización expresa de los padres (padre o madre) o representante legal.

Valor del permiso ley

El valor de los trámites para los distintos permisos ley, se encuentra detallado en la página WEB www.dgmn.cl/artes/tasas_derecho.php (Valor que se reajusta anualmente en el mes de enero).   

 

 

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