Comercio Nacional

Finalidad:

Controlar y fiscalizar a todas aquellas personas naturales y/o jurídicas, inscritas en los registros nacionales, que realicen actividades que tengan ingerencia en la compra, venta, consumo y fabricación de elementos sometidos al control de la Ley N° 17.798.

Comercio Exterior

Finalidad:

Otorgar previo estudio de antecedentes, autorizaciones de importación y exportación de elementos sometidos a control de la Ley, sean éstas en forma temporal o definitiva.

SOLICITUDES PARA IMPORTAR

a.- Importador de Armas y/o Municiones no inscrito. ( Eventual)

Toda persona natural, que desee importar armas y/o municiones, para uso particular, deberá solicitar permiso a la Dirección General de Movilización Nacional o por intermedio de la Autoridad Fiscalizadora correspondiente, de acuerdo a lo siguiente:

Requisitos para Importar:

  • Solicitud del interesado (formulario entregado por la DGMN.)
  • Factura Proforma.
  • Certificado de Antecedentes para fines especiales. Este certificado se obtiene en cualquier oficina del Registro Civil
  • Certificado de Honorabilidad, extendido por la respectiva Embajada (sólo extranjeros).
  • Cancelar la tasa de derechos.

b.- Importador de Elementos sometidos a Control inscrito. ( Comerciantes)

Toda empresa que desee importar elementos controlados por la Ley, para comercializarlos dentro del país o para su propio uso, deberá de estar inscrita en los registros nacionales como importador, e inscribirse además como comerciante y/o consumidor habitual en el rubro, solicitando dicho permiso a la Dirección General de Movilización Nacional o Autoridad Fiscalizadora correspondiente, de acuerdo a lo siguiente:

Requisitos para Importar:

  • Solicitud del interesado (formulario entregado por la DGMN.)
  • Factura Proforma.
  • Certificado de la Autoridad Militar, Naval ode Carabineros que autoriza el almacenamiento en sus instalaciones ( en aquellos casos en que la importación de los productos sea por cantidades superiores a las autorizadas por la Dirección General) en el caso de las armas.
  • Cancelar la tasa de derechos

SOLICITUDES PARA INTERNAR.

a.- Internación de Elementos sometidos a Control (particulares y empresas):

Una vez autorizado el primer trámite (la importación), se debe solicitar la internación de los elementos controlados por la Ley a la Dirección General de Movilización Nacional o por intermedio de la Autoridad Fiscalizadora correspondiente, de acuerdo a lo siguiente:

Requisitos

  • Solicitud de Internación (formulario que entrega la DGMN.)
  • Factura definitiva
  • Conocimiento de embarque
  • Cancelar la tasa de derechos.

Efectuada la internación los importadores solicitarán a IDIC un informe de identificación y control técnico de los productos internados.

b.- Internación de Armas como Equipaje Acompañado (sin importación previa):

Este caso se produce cuando una persona natural llega del extranjero trayendo consigo o en su menaje de casa armamento, se debe solicitar la internación a la Dirección General de Movilización Nacional o por intermedio de la Autoridad Fiscalizadora correspondiente, de acuerdo a lo siguiente:

Requisitos

  • Solicitud de Internación (formulario que entrega la DGMN.)
  • Fotocopia de documento de retención de aduana.
  • Certificado de antecedentes para fines especiales, para los chilenos. Este certificado se obtiene en cualquier oficina del Registro Civil
  • Certificado de Honorabilidad, extendido por la respectiva Embajada (sólo extranjeros).
  • Fotocopia de boleta o factura (si las hubiera).
  • Declaración de obtención de las armas y/o municiones
  • Cancelar la tasa de derechos.
Efectuada la internación los usuarios solicitarán a IDIC un informe de identificación y control técnico de las Armas y Municiones

c.- Internación Temporal de Armas (particulares)

Este caso se produce cuando un cazador-deportista extranjero, desea ingresar armas al país por un tiempo definido, para cazar o participar en algún campeonato.

El representante en Chile, con suficiente anticipación, solicitara a la Dirección General o a la Autoridad Fiscalizadora correspondiente al área de caza o instalación donde se realice el campeonato, un permiso para internar temporalmente el o las armas de su representado.

Requisitos

  • Individualización de Representante en Chile:
    » Nombre completo
    » Actividad
    » R.U.T.
    » Documento notarial en el cual se hace responsable de las armas durante su permanencia en el país.
    » Domicilio legal
    » Teléfono
  • Individualización del cazador deportista:
    » Nombre completo
    » Numero de pasaporte o R.U.T.
    » Descripción de las armas, indicando tipo, marca, modelo, calibre y Nº de serie, no pudiendo ser armas largas automáticas y/o semiautomáticas o armas cortas automáticas.
    » Cantidad de munición.
    » Permanencia estimada en el país.
    » Dirección en la que fijara su residencia.
    » Aduana de entrada y salida del país

d.- Internación Temporal de Armas (Clubes y Federaciones de tiro)

Este caso se produce cuando un Club o una Federación de Tiro (cualquier modalidad) realiza un campeonato en el país, con la participación de delegaciones deportivas extranjeras, los que deben ingresar al país por un tiempo definido las armas empleadas durante la competencia.
El organizador del campeonato con suficiente anticipación, solicitara a la Dirección General el permiso para internar temporalmente las armas de las delegaciones deportivas invitadas.

Requisitos para Internar

  • Individualización del cazador deportista.
  • Nombre del Campeonato.
  • Fecha de inicio y termino del campeonato.
  • Aduana de entrada y salida del armamento y/o munición.
  • Individualización completa de los deportistas invitados (nombre, Nº de Pasaporte)
  • Descripción de las armas, indicando tipo, marca, modelo, calibre y Nº de serie.
  • Cantidad de munición.
  • Dirección en la que permanecerán las armas cuando no sean empleadas.
  • Cancelar tasa de derechos vigente.

SOLICITUDES PARA EXPORTAR.

a.- Exportación definitiva de armas (particulares connacionales)

Este caso se produce cuando una persona natural se dirige a un país extranjero con el objeto de radicarse por razones laborales y posee armas inscritas en el país, debiendo presentar la carta solicitud de exportación a la Dirección General de Movilización Nacional.

Requisitos para Exportar.

  • Nombre completo
  • Nº de RUT.
  • Domicilio actual.
  • Fecha y aduana de salida.
  • Descripción de las armas indicando tipo, marca, modelo, calibre y Nº de serie
  • Identificación del medio de transporte (aéreo, marítimo o terrestre)
  • País o ciudad de destino.
  • Adjuntar además fotocopia del o los padrones de las armas inscritas.
  • Cancelar tasa de derechos vigente.

b.- Exportación definitiva de armas (Particulares extranjeros)

Esta situación afectará a las personas naturales extranjeras por termino de sus funciones diplomáticas en el país, las cuales deben enviar a la Dirección General una carta solicitud de exportación.

Requisitos para Exportar

  • Nombre completo
  • Nº de RUT.
  • Domicilio actual.
  • Fecha y aduana de salida.
  • Descripción de las armas, indicando tipo, marca, modelo, calibre y Nº de serie.
  • Identificación del medio de transporte aéreo, marítimo o terrestre)
  • País o ciudad de destino.
  • Adjuntar además fotocopia del o los padrones de las armas inscritas.
  • Estas actuaciones se encuentran exentas de pago de tasa de derechos, por un trato de reciprocidad aplicable exclusivamente a personas naturales que están en el país en calidad de Diplomáticos.

c.- Exportación Temporal de Armas (personas naturales)

Casos en los cuales un deportista- cazador nacional, desea viajar a un país por un tiempo definido para realizar prácticas de caza y/o participar en algún campeonato, debiendo presentar la carta solicitud de exportación a la Dirección General de Movilización Nacional o por intermedio de la Autoridad Fiscalizadora correspondiente.

Requisitos para Exportar

  • Fechas y aduanas de salida y entrada al país.
  • Descripción de las armas, indicando tipo, marca, modelo, calibre y Nº de serie.
  • Identificación del medio de transporte aéreo, marítimo o terrestre.
  • País o ciudad de destino.
  • Cancelar tasa de derechos vigente.

d.- Exportación Temporal de Armas (Clubes y Federaciones de Tiro)

Este caso se produce cuando un Club o una Federación de Tiro (cualquier modalidad) es invitada a participar en un campeonato a nivel internacional, sacando del país por un tiempo definido las armas empleadas durante la competencia.

El Club o Federación invitada al campeonato con suficiente anticipación, solicitará a la DGMN., el permiso para exportar temporalmente las armas de los deportistas integrantes de la delegación que viajará.

Requisitos para Exportar

  • Individualización del Club o Federación Organizadora.
  • Nombre del campeonato.
  • Fecha de inicio y termino del campeonato.
  • Aduanas de salida y entrada del armamento y/o munición.
  • Individualización completa de los deportistas (Nombre, Nº de RUT.)
  • Descripción de las armas, indicando tipo, marca, modelo, calibre y Nº de serie.
  • Cantidad de munición.
  • Adjuntar además fotocopia de los padrones de inscripción de arma, registro de deportista y permiso de porte de arma.
  • País o ciudad de destino.
  • Cancelar tasa de derechos vigente

e.- Exportación Definitiva de Armas (Empresas)

Este caso se produce ante las solicitudes de Empresas Fiscales o Privadas que están debidamente inscritas en los Registros Nacionales como Comerciantes y Exportadores, debiendo presentar la carta solicitud de exportación a la Dirección General de Movilización Nacional o por intermedio de la Autoridad Fiscalizadora correspondiente.

Requisitos para Exportar

  • Factura Comercial
  • Certificado de último destino, en original, legalizado en el consulado de Chile en el país de destino, refrendado por el Ministerio de Relaciones Exteriores de Chile.
  • Listado cuantitativo de las armas, con indicación del tipo, marca, modelo, calibre y accesorios.
  • En el caso de empresas que exporten armas, producto de enajenaciones por parte de las FF.AA. y de orden del país, deberán adjuntar además, el Contrato de Adquisición materializado con alguna rama de la Defensa Nacional, el debe venir legalizado ante Notario Publico.
  • Cancelar la tasa de derechos.

Una vez recibida con los antecedentes indicados, la Dirección General de Movilización Nacional, oficiara al Ministerio de Defensa Nacional (Sub-Guerra), con el objeto que la petición sea analizada por la Comisión Asesora de Exportaciones del Sr. Ministro de Defensa Nacional, la que resolverá mediante una resolución la vialidad de la exportación solicitada.

f.- Exportación Definitiva de Elementos sometidos a Control (Empresas)

Este caso se produce ante las solicitudes de Empresas debidamente inscritas en los Registros Nacionales como Comerciantes y Exportadores de elementos sometidos al control de la Ley, debiendo presentar la carta solicitud de exportación a la Dirección General de Movilización Nacional o Autoridad Fiscalizadora correspondiente.

Requisitos para Exportar

  • Factura Comercial
  • Certificado de último destino, en original, legalizado en el consulado de Chile en el país de destino, refrendado por el Ministerio de Relaciones Exteriores de Chile.
  • Cancelar la tasa de derechos.

Una vez recibida con los antecedentes indicados, la Dirección General de Movilización Nacional, oficiara al Ministerio de Defensa Nacional (Sub-Guerra), con el objeto que la petición sea analizada por la Comisión Asesora de Exportaciones del Sr. Ministro de Defensa Nacional, la que resolverá mediante una resolución la vialidad de la exportación solicitada.

 

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